La Comisión fue establecida para coordinar que los alumnos de las cuatro universidades tengan acceso conjunto a los servicios de Bibliotecas.
REGLAMENTO 1. Son usuarios de las bibliotecas de las universidades del Consorcio: los profesores, alumnos regulares y tesistas (un año después de haber concluido sus estudios) de cada una de estas universidades.
2. Para obtener los servicios, los alumnos y tesistas deben identificarse con un documento vigente expedido por su universidad de origen; los profesores con un documento que los identifique como tales y que esté vigente a la fecha en que soliciten la atención.
3. Las colecciones a disposición de los miembros del Consorcio son: - Obras de Consulta de la colección general. - Revista - Tesis - Recurso de Información electrónicos - Recursos audiovisuales
4. La atención a los miembros del Consorcio se realizará los días martes y jueves de 16:00 a 22:00 horas en las cuatro universidades, con suspensión a partir de la semana previa a los exámenes hasta la conclusión de los mismos. Cada universidad podrá ampliar este plazo de acuerdo a sus posibilidades.
5. Los usuarios deberán acatar las disposiciones internas de cada biblioteca.
6. En las bibliotecas de la PUCP, los usuarios del Consorcio reciben un carné para tener acceso a sus servicios. Agosto, 2009 |